Juzgados de Primera instancia Penal, Narcoactividad y Delitos contra el Ambiente.
En Guatemala Carecemos de una DERECHO PROCESAL AMBIENTAL para asi darle tramite correspondiente a los hechos cometidos en contra de este bien juridico tutelado por parte del estado, este se debe llevar de manera supletoria con el Derecho Penal Procesal, en los juzgados de Primera Instancia Penal, Narcoactividad y Delitos Contra el ambiente.
Sin embargo el catalogo de delitos es muy corto para poder aplicarse, aun mas corto cuando es una pena pecuniaria, o este no llega a catalogarse como delitos sino como falta, SE LE AMARRA DE LAS MANOS A LOS JUECES, ademos no son expertos en la materia esto viene a ser otro incoveniente para con el Ministerio Publico o el Querrellante, ya que no se resuelve de mejor manera.
por ultimo con un pequeño desgloce de esto nos damos cuentas que todo esto viene a querer tapar el sol con un DEDO ya que no se cuenta con la norma juridica apropiada para poder velar con el medio ambiente, los encargados de velar por este, muchas veces tienen "COSAS MAS IMPORTANTES POR RESOLVER", vemos el agujero que esto creo en nuestro ambito juridico ambiental.
Podemos dar una recomendacion de poder establecer una via correcta para este tipo de procedimientos ya que de continuar como estamos, nunca podremos llegar a tener una justicia pronta y cumplida como lo ve nuestra constitucion.
Sin embargo a pesar de estar este las condenas logradas son escasas, inclusive se pueden contar con los dedos de una mano, esto mas queda en una multa administrativa por parte del MARN u otra institución facultada para esta situacion.
Entonces me viene a la mente las siguientes preguntas:
1. ¿PORQUÉ ESTAN LOS JUAZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA PENAL, NARCOACTIVIDAD Y DELITOS CONTRA EL AMBIENTE, SI ESTE NO LLEGA A CONOCER EN SU MAYORIA LOS DELITOS AMBIENTALES?.
2. ¿PORQUE NO HAY SENTENCIAS EN DELITOS AMBIENTALES?
3. ¿QUE ESPERAMOS PARA MEJOR NUESTRO SISTEMA JURIDICO AMBIENTAL?
SEAMOS UN AGENTE DE CAMBIO
Una muestra de los Delitos Contra el Ambiente.
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